La Audiencia Provincial de
Sevilla ha condenado a cinco años de cárcel a un acusado de abusar
sexualmente de una joven, gracias al testimonio de un ciego que
acompañaba el día de los hechos a ambos y que confirmó en su declaración
las negativas de la mujer, "el ruido como de quitar ropas y palabras
del acusado relativas a tener sexo con la mujer".
Los hechos
La
noche de los hechos, la víctima, de nacionalidad brasileña y que había
estado toda la tarde consumiendo alcohol con algunos amigos, se encontró
con un ciego que toca habitualmente el acordeón en la zona, y con quien
continuó ingiriendo alcohol en varios
bares.
Sobre las
3,00 horas de la madrugada, y estando la mujer en un "severo" estado de
embriaguez, ambos contactaron con el imputado, que era "conocido" del
testigo, y continuaron consumiendo alcohol por varios bares hasta que,
sobre las 6,00 horas, tomaron un taxi.
El
imputado indicó al conductor que se dirigiera a su domicilio, y una vez
allí, llevó a la víctima al dormitorio, donde también entró el testigo,
que se quedó sentado en una silla mientras el acusado comenzaba a
quitarle la ropa a la joven, "quien se negaba en voz alta diciendo que
no quería".
Pese a
ello, el acusado aprovechó el "alto" estado de ebriedad de la víctima
para bajarle los pantalones y la ropa interior y abusar sexualmente de
ella, tras lo que la joven se quedó dormida a causa de su embriaguez
junto al acusado y el otro joven, despertando a las 12,00 horas.
La sentencia de la Audiencia
Tras
señalar que el escenario de la acción consistía "en una mujer borracha y
un ciego que entonces no se manejaba demasiado bien con el idioma
español", la Sala destaca que las declaraciones de la afectada "han sido
esencialmente uniformes a lo largo del proceso, no siendo contrario a
las reglas de la experiencia que recordara con intensidad y detalle lo
sucedido en la vivienda no obstante su embriaguez, precisamente por el
impacto emocional que le provocaron".
El
testimonio de la víctima está corroborado, según la Audiencia, por la
declaración del ciudadano ciego, "quien no obstante su ceguera y su
reconocido menor dominio del castellano en aquella época, confirmó la
negativa de la mujer, el ruido como de quitar ropas y palabras del
acusado relativas a tener sexo con la mujer", a lo que se suma el
testimonio de un vecino que aseguró haber escuchado esa noche ruidos y
jaleos procedentes de la vivienda en cuestión.
Frente
a
todo ello, "resulta del todo increíble" la versión dada por el acusado
en cuanto a que "todo lo ocurrido fue consentido por la mujer y que solo
hubo escarceos consistentes en besos y caricias, pero no en relaciones
sexuales", una versión que "mal se compadece con el altercado en la
alcoba confirmado" por el joven ciego y los ruidos oídos por el vecino.
En
su declaración sumarial, el acusado afirmó que tuvo relaciones sexuales
con la mujer, aunque en el juicio "quiso hacer creer que por relaciones
sexuales entendió besos y caricias y no relaciones sexuales completas",
pero la Audiencia asevera que el imputado "domina el español y llevaba
varios en España, habiendo incluso mantenido relaciones de pareja con
dos mujeres", por lo que "es increíble que no supiera que, en el español
cotidiano, hablar de mantener un hombre relaciones sexuales con una
mujer implicaba algo más que besos y caricias".
Además, "tampoco es cierto que
estuviera ebrio", pues "aunque había bebido aquella noche conservaba sus facultades".
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