Se
facilita el envío de presos a sus países de origen para que cumplan
condena y que las víctimas estén protegidas en cualquier país de la UE
El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia,
Alberto Ruiz-Gallardón, ha aprobado este viernes tres iniciativas
legislativas
que facilitan el intercambio de información de antecedentes penales y
la ejecución de las resoluciones penales y órdenes de protección a
víctimas de delitos que hayan sido dictadas en otros países de la Unión
Europea.
El primer proyecto de ley orgánica permitirá que las autoridades de
los distintos Estados intercambien información sobre antecedentes
penales. En España será el Registro Central de Penados la autoridad
competente para enviar y recibir la información sobre antecedentes
penales a través del Sistema Europeo de Información de Antecedentes
Penales (ECRIS).
Según ha informado el Ministerio de Justicia, este texto consagra el
principio de equivalencia de las sentencias dictadas en la Unión
Europea, lo que significa que "serán tenidas en cuenta en los procesos
que se produzcan con posterioridad por la comisión de nuevos delitos en
las mismas
condiciones que si la sentencia condenatoria hubiera sido dictada" en
nuestro país.
El segundo anteproyecto de ley se basa en el reconocimiento mutuo de
resoluciones penales en la Unión Europea y está en consonancia con el
texto que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, que incorpora las
nuevas competencias atribuidas a jueces y tribunales en relación con
los distintos instrumentos de reconocimiento mutuo de la Unión Europea.
Ambos textos legales suponen la unificación en el Derecho español de
las distintas normas que en materia de cooperación judicial penal ha
dictado la Unión Europea desde 2002, cuando se estableció la orden
europea de detención y entrega, y que han permitido impulsar la
cooperación judicial penal de los tribunales españoles con los
comunitarios.
Entre las órdenes europeas que se
reconocerán entre los distintos Estados, figuran las de cumplimiento de
penas o medidas privativas de libertad que permitirán que una
resolución condenatoria dictada en un Estado miembro sea ejecutada en
otro. Ello posibilitará que los presos extranjeros puedan ser enviados a
su país de origen y a la inversa, que los españoles condenados en otros
Estados puedan cumplir condena en nuestro país.
Respecto a la orden europea de protección, se permite que las medidas
de protección adoptadas a favor de una víctima o posible víctima de un
delito que se encuentra en peligro la acompañen en cualquier lugar de la
Unión Europea al que se desplace, ocasional o permanentemente.
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